Resolución de 17 de marzo de 2026 de la Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, publicada el día 27-03-2025
Beneficiarios:
Empresas con domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana, con plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras y que no dispongan de un Plan de Igualdad registrado con anterioridad al 1 de enero de 2025.
Actuaciones subvencionables:
Las actuaciones necesarias para la elaboración e implantación del Plan de Igualdad en la empresa, incluyendo el diagnóstico previo, el diseño y redacción del Plan de Igualdad, las acciones vinculadas a su implantación, así como la inscripción del Plan de Igualdad en el registro correspondiente.
Cuantía de la ayuda:
– Hasta 3.000 € por empresa.
– Una única subvención por beneficiario.
– Ayuda concedida en régimen de “minimis”.
La ayuda no se abonará de forma anticipada, sino previa justificación de las actuaciones realizadas y de los gastos correspondientes.
Plazo de presentación:
Es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV.
La concesión de las ayudas se realizará por orden de presentación de solicitudes completadas, hasta el agotamiento del crédito presupuestario disponible.
Plazo de ejecución y justificación:
Hasta el 30 de noviembre de 2026.
Carácter voluntario y principales ventajas:
La elaboración e implantación del Plan de Igualdad no es obligatoria, con carácter general, para las empresas con una plantilla inferior a 50 trabajadores.
No obstante, la presente convocatoria tiene por objeto incentivar voluntariamente su implantación, permitiendo anticiparse a futuras obligaciones, evitar problemas laborales, mejorar el acceso a ayudas, subvenciones y contratación pública, y reforzar la gestión interna y la imagen corporativa de la empresa.